Casación No. 744-2011

Sentencia del 23/07/2013

“...Al hacer la confrontación correspondiente entre el fallo recurrido y las argumentaciones de la casacionista, esta Cámara advierte que la Sala en su sentencia no apreció en manera alguna los medios de convicción denunciados por la interponente, lo cual se traduce en un defecto de planteamiento que imposibilita al Tribunal de Casación entrar a conocer el fondo del asunto, pues no se cumple con uno de los aspectos técnicos jurisprudenciales a observar obligadamente al invocar el submotivo de error de derecho en la apreciación de la prueba, el cual es, que la denuncia debe basarse en prueba que haya sido apreciada por el tribunal, situación que como se indicó, no ocurrió en el presente caso, por lo que se colige que la interposición del recurso de casación debió intentarse por submotivo distinto al planteado...”